En cumplimiento a la Ley 1712 del 6 de marzo de 2014, la Corporación Autónoma Regional de Caldas – Corpocaldas, pone a disposición de los ciudadanos la siguiente información:
El Decreto 4567 de 2011 fue derogado por el Decreto 1083 de 2015; sin embargo, dicho decreto
derogado era obligante respecto a las entidades de la Rama Ejecutiva del Poder Público.
Estudiadas las disposiciones a partir del Decreto 1083 de 2015, conforme al ARTÍCULO
2.2.13.2.1 y subsiguientes, desarrolla la “MERITOCRACIA EN LA PROVISIÓN DE LOS
EMPLEOS DE LIBRE NOMBRAMIENTO Y REMOCIÓN DE LA RAMA EJECUTIVA DEL ORDEN NACIONAL”,
disposiciones en todo caso no aplicables a la Corporación Autónoma Regional de Caldas, en razón
a su naturaleza jurídica.
Corpocaldas es un organismo Autónomo del Orden Nacional. No aplica dado que este criterio es una obligación de las empresas industriales y comerciales del Estado, o Sociedad de Economía Mixta.

En cumplimiento a la Ley 1712 del 6 de marzo de 2014, la Corporación Autónoma Regional de Caldas – Corpocaldas, pone a disposición de los ciudadanos la siguiente información:
El Decreto 4567 de 2011 fue derogado por el Decreto 1083 de 2015; sin embargo, dicho decreto
derogado era obligante respecto a las entidades de la Rama Ejecutiva del Poder Público.
Estudiadas las disposiciones a partir del Decreto 1083 de 2015, conforme al ARTÍCULO
2.2.13.2.1 y subsiguientes, desarrolla la “MERITOCRACIA EN LA PROVISIÓN DE LOS
EMPLEOS DE LIBRE NOMBRAMIENTO Y REMOCIÓN DE LA RAMA EJECUTIVA DEL ORDEN NACIONAL”,
disposiciones en todo caso no aplicables a la Corporación Autónoma Regional de Caldas, en razón
a su naturaleza jurídica.
Corpocaldas es un organismo Autónomo del Orden Nacional. No aplica dado que este criterio es una obligación de las empresas industriales y comerciales del Estado, o Sociedad de Economía Mixta.