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Obligatoriedad de la autoliquidación

Conforme al artículo 2.2.2.3.6.2 del Decreto 1076 de 2015, la presentación de solicitudes para licencias, permisos o autorizaciones ambientales ante las autoridades ambientales requiere la previa autoliquidación y pago del servicio de evaluación. Este proceso debe realizarse antes de radicar formalmente la solicitud.


Naturaleza de la liquidación

La liquidación generada por el sistema no constituye un título valor ni presta mérito ejecutivo. Es un documento soporte que permite generar la factura definitiva, una vez la información haya sido verificada por la entidad.


Posibilidad de reliquidación

Corpocaldas podrá realizar una reliquidación en caso de que se detecten inconsistencias, errores o cambios en la información del proyecto. Esta reliquidación podrá derivar en ajustes al valor a pagar y deberá ser aceptada por el usuario para continuar con el trámite.


Canal de orientación y peticiones

En caso de dudas sobre el cálculo, tipo de trámite o tarifas aplicables, el usuario podrá solicitar orientación jurídico-técnica a través del canal de Atención al Ciudadano o mediante el correo oficial de trámites ambientales: corpocaldas@corpocaldas.gov.co.

Si requiere ayuda, puede descargar el instructivo para el cálculo del Costo del proyecto en este link:
Items Calculo Costo Proyecto.xlsx

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