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En atención a la circular SG-40002023E4000013 del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible mediante la cual se emiten los lineamientos para proferir certificaciones en el marco del cumplimiento del numeral 1.3.1. Orden tercera de la sentencia bajo radicado No. 25000234100020130245901, se indican entre otros, los requisitos mínimos que los diferentes usuarios deben cumplir al momento de hacer la solicitud:

(…) Los proponentes y los interesados en radicar una propuesta para la obtención de títulos mineros ante la autoridad minera, con el fin de obtener la certificación ambiental deberán presentar la siguiente información:

i) Archivo en formato shapefile del área total de la propuesta, en coordenadas geográficas referido al sistema de referencia MAGNA-SIRGAS, origen único nacional, en el marco de las resoluciones 471 de 2020 y 370 del 2021, modificadas por la Resolución 197 de 2022, o cualquiera que las reemplace, sustituya o modifique, de conformidad con la “Guía para la selección y descarga de celdas para la expedición de la certificación ambiental” dispuesta para tal fin por la Agencia Nacional de Minería.

ii) Información general respecto a: (a) minerales a solicitar (b) sistemas de minería a implementar, subterránea, a cielo abierto o combinadas, en los casos de las propuestas de contrato de concesión con requisitos diferenciales con prerrogativa de explotación anticipada.
En el evento en que el área total de la propuesta se encuentre en competencia de más de una autoridad ambiental regional, la solicitud deberá presentarse a cada una de ellas, quienes se pronunciarán respecto de las áreas de su jurisdicción. (…) 

De igual manera, se indica que la solicitud deberá presentarse a través de la plataforma VITAL, de manera que, una vez se tenga respuesta por parte de la entidad, tanto el peticionario como la Agencia Nacional de Minería tengan acceso a ella.

De esta manera, Corpocaldas, le invita a conocer los documentos de la sentencia y a consultar la guía y el procedimiento para gestionar este certificado por la plataforma VITAL, módulo de Ventanilla Minera.

Circular 113012023E3000788_00002  - ORDEN 1.3.1
Guía de Uso - VITAL - Certificación Minera - Usuarios
Sentencia Ventanilla Minera

¿Cómo adelantar tu trámite de certificación ambiental minera en VITAL?

Ingrese a la Ventanilla Integral de Trámites Ambientales - VITAL

Corpocaldas

Certificaciones Ventanilla Minera

En atención a la circular SG-40002023E4000013 del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible mediante la cual se emiten los lineamientos para proferir certificaciones en el marco del cumplimiento del numeral 1.3.1. Orden tercera de la sentencia bajo radicado No. 25000234100020130245901, se indican entre otros, los requisitos mínimos que los diferentes usuarios deben cumplir al momento de hacer la solicitud:

(…) Los proponentes y los interesados en radicar una propuesta para la obtención de títulos mineros ante la autoridad minera, con el fin de obtener la certificación ambiental deberán presentar la siguiente información:

i) Archivo en formato shapefile del área total de la propuesta, en coordenadas geográficas referido al sistema de referencia MAGNA-SIRGAS, origen único nacional, en el marco de las resoluciones 471 de 2020 y 370 del 2021, modificadas por la Resolución 197 de 2022, o cualquiera que las reemplace, sustituya o modifique, de conformidad con la “Guía para la selección y descarga de celdas para la expedición de la certificación ambiental” dispuesta para tal fin por la Agencia Nacional de Minería.

ii) Información general respecto a: (a) minerales a solicitar (b) sistemas de minería a implementar, subterránea, a cielo abierto o combinadas, en los casos de las propuestas de contrato de concesión con requisitos diferenciales con prerrogativa de explotación anticipada.
En el evento en que el área total de la propuesta se encuentre en competencia de más de una autoridad ambiental regional, la solicitud deberá presentarse a cada una de ellas, quienes se pronunciarán respecto de las áreas de su jurisdicción. (…) 

De igual manera, se indica que la solicitud deberá presentarse a través de la plataforma VITAL, de manera que, una vez se tenga respuesta por parte de la entidad, tanto el peticionario como la Agencia Nacional de Minería tengan acceso a ella.

De esta manera, Corpocaldas, le invita a conocer los documentos de la sentencia y a consultar la guía y el procedimiento para gestionar este certificado por la plataforma VITAL, módulo de Ventanilla Minera.

Circular 113012023E3000788_00002  - ORDEN 1.3.1
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